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2.
Si le arrancó un miembro y no se avino con él, aplíquese
talión. 3.
La (acción injuriarum) legítima de las XII Tablas impone una pena de
25 sextercios por injuria (lesión) a otro.. y si lesiona un hueso
con la mano o palo a un hombre libre, páguense trescientos; si es
esclavo, 150 sestercios. Si el patrono defraudare al cliente, sea
execrado. 4. Disposición general
(discutida) sobre el resarcimiento del
daño. 5. Si se dijese que un
cuadrúpedo habia causado daño, derivase una acción de la ley de las
XII Tablas, que quiso que se diese lo que causó, esto es, el animal
que hizo el daño o que se ofreciere el importe del perjuicio.
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