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No
se obliga a nadie a defender una causa contra su voluntad. Nadie
sufre condena por lo que piensa. No se puede sacar forzosamente a
nadie de su propia casa. Lo que no se permite al demandado no se
debe permitir al demandante. La responsabilidad de la prueba
corresponde a la parte que afirma, no a la parte que niega. Un
padre no es un testigo competente para un hijo, ni un hijo para un
padre. Al imponer penas, la edad y la inexperiencia de la parte
culpable deben ser tenidas en cuenta (CORPUS IURIS
CIVILIS. DIGESTO). Recopilación del
Derecho romano mandada hacer en el siglo VI por Justiniano,
emperador de Bizancio. (Doble espacio) |