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Rómulo reservó al rey estas
prerrogativas: en primer lugar, presidir los asuntos sagrados y los
sacrificios y cumplir todo lo que fue previsto por la voluntad de
los dioses; a continuación, en tanto que guardián de las leyes y de
las costumbres de los antepasados, ocuparse de la justicia según el
derecho natural y el derecho establecido: juzgar los mayores
crímenes, encomendar los menores a los senadores, pensar en impedir
todas las faltas en el proceso; reunir al senado y convocar al
pueblo, expresar el primero su opinión y ejecutar las decisiones de
la mayoría. Tales fueron los poderes acordados al rey y tuvo, además
de éstos, el mando supremo de la guerra. A la asamblea del senado
atribuyó igualmente el honor y el poder: decidir sobre todas las
cuestiones que el rey le sometiera y, de hacerlo, mediante un voto,
y se debía tomar la decisión de la mayoría... A la masa del pueblo
asignó tres poderes: elegir los magistrados, sancionar las leyes y
decidir sobre la paz y la guerra cuando el rey se lo demandara;
pero, incluso entonces, la autoridad del pueblo estaba sin control,
pues le era necesario el acuerdo del senado. El pueblo no votaba
masivamente, sino que era convocado por curias; lo que había
parecido bueno a la mayoría de las curias era atribuido
inmediatamente al senado. (DIONISIO DE HALICARNASO.
Historia antigua de Roma II, 14,
1-3) (Doble espacio) |